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Estudios (Mitos):

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La Organización Mundial de la Salud (OMS) asegura que durante las dos últimas décadas se han realizado miles de estudios que concluyen que no existe riesgo para la salud humana ni animal relacionado con las antenas de comunicaciones. Colombia sufre por barreras al despliegue de infraestructura puestas por los gobiernos municipales, principalmente por su falta de conocimiento y compromiso con facilitarle mayor conectividad a los ciudadanos. Es de vital importancia poder contar con unos planes de ordenamiento territorial modernos que promuevan mayor inversión que se traduce en un real beneficio para las comunidades.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en conjunto con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) y la Agencia Nacional delEspectro (ANE), elaboraron un Código de Buenas Prácticas, en el cual se definen las condiciones técnicas que se requieren para la instalación de nueva infraestructura, bajo el objetivo de la ampliación de cobertura o prestación de nuevos servicios de comunicaciones, la metodología que estará asociada a la verificación de los límites de exposición a los campos electromagnéticos (CEM) y se determinará de manera general la forma en que los diferentes proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones podrán realizar el respectivo trámite de solicitud de autorización, para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones y las obligaciones asociadas a dicho trámite.

El rápido crecimiento en la utilización de la comunicación móvil lleva asociada una demanda en el incremento del número de infraestructuras de telecomunicaciones en todo el territorio nacional.

El despliegue de infraestructura ha supuesto la instalación de numerosas estaciones base en un corto periodo de tiempo para poder dar cobertura a todo el territorio. Sin embargo, ha chocado en reiteradas ocasiones con la negativa de la opinión pública local. Este inconveniente supone una demora en el proceso de despliegue de la infraestructura de telecomunicaciones en todo el ámbito nacional, afectando seriamente a la calidad del servicio y ante todo el acceso de los ciudadanos a la prestación de los servicios públicos de comunicaciones a cargo de los respectivos proveedores.

Específicamente los proveedores de servicios de comunicación móvil coinciden en que la ciudadanía percibe las instalaciones de telecomunicaciones como elementos de riesgo. Por todos es sabido que en los últimos años la sociedad ha mostrado una creciente preocupación por la incidencia que pudiera tener en la salud la exposición a campos electromagnéticos generados por las infraestructuras de telecomunicaciones.

Por todo lo anterior y en aras de fomentar el despliegue de las nuevas tecnologías que se están desarrollando, se proponen una serie de líneas de actuación con el fin de esclarecer la opinión sobre el efecto de los campos electromagnéticos en la salud propagada por los diferentes medios de comunicación, así como informar sobre cualquier aspecto relacionado con la comunicación móvil y el despliegue de toda clase de infraestructura de telecomunicaciones.

Todas las líneas de actuación persiguen el acercamiento de la ciudadanía a las infraestructuras de telecomunicaciones facilitando toda la información necesaria, eliminando al mismo tiempo inquietudes o preocupaciones infundadas desde la perspectiva técnica. Se sugiere:

La difusión de los efectos de los campos electromagnéticos en la salud, información que deberá ser entregada a distintos niveles de la administración pública. Dicha difusión estará a cargo de entidades académicas o científicas.

La difusión, a través de cualquie​r medio de divulgación masiva, de la información que explique el funcionamiento de las redes móviles y las emisiones no ionizantes.

La publicación en medios electrónicos del resultado de las mediciones de emisiones de campos electromagnéticas.​

La Organización Mundial de la Salud (OMS) asegura que durante las dos últimas décadas se han realizado miles de estudios que concluyen que no existe riesgo para la salud humana ni animal relacionado con las antenas de comunicaciones. Colombia sufre por barreras al despliegue de infraestructura puestas por los gobiernos municipales, principalmente por su falta de conocimiento y compromiso con facilitarle mayor conectividad a los ciudadanos. Es de vital importancia poder contar con unos planes de ordenamiento territorial modernos que promuevan mayor inversión que se traduce en un real beneficio para las comunidades.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en conjunto con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) y la Agencia Nacional delEspectro (ANE), elaboraron un Código de Buenas Prácticas, en el cual se definen las condiciones técnicas que se requieren para la instalación de nueva infraestructura, bajo el objetivo de la ampliación de cobertura o prestación de nuevos servicios de comunicaciones, la metodología que estará asociada a la verificación de los límites de exposición a los campos electromagnéticos (CEM) y se determinará de manera general la forma en que los diferentes proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones podrán realizar el respectivo trámite de solicitud de autorización, para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones y las obligaciones asociadas a dicho trámite.

El rápido crecimiento en la utilización de la comunicación móvil lleva asociada una demanda en el incremento del número de infraestructuras de telecomunicaciones en todo el territorio nacional.

El despliegue de infraestructura ha supuesto la instalación de numerosas estaciones base en un corto periodo de tiempo para poder dar cobertura a todo el territorio. Sin embargo, ha chocado en reiteradas ocasiones con la negativa de la opinión pública local. Este inconveniente supone una demora en el proceso de despliegue de la infraestructura de telecomunicaciones en todo el ámbito nacional, afectando seriamente a la calidad del servicio y ante todo el acceso de los ciudadanos a la prestación de los servicios públicos de comunicaciones a cargo de los respectivos proveedores.

Específicamente los proveedores de servicios de comunicación móvil coinciden en que la ciudadanía percibe las instalaciones de telecomunicaciones como elementos de riesgo. Por todos es sabido que en los últimos años la sociedad ha mostrado una creciente preocupación por la incidencia que pudiera tener en la salud la exposición a campos electromagnéticos generados por las infraestructuras de telecomunicaciones.

Por todo lo anterior y en aras de fomentar el despliegue de las nuevas tecnologías que se están desarrollando, se proponen una serie de líneas de actuación con el fin de esclarecer la opinión sobre el efecto de los campos electromagnéticos en la salud propagada por los diferentes medios de comunicación, así como informar sobre cualquier aspecto relacionado con la comunicación móvil y el despliegue de toda clase de infraestructura de telecomunicaciones.

Todas las líneas de actuación persiguen el acercamiento de la ciudadanía a las infraestructuras de telecomunicaciones facilitando toda la información necesaria, eliminando al mismo tiempo inquietudes o preocupaciones infundadas desde la perspectiva técnica. Se sugiere:

La difusión de los efectos de los campos electromagnéticos en la salud, información que deberá ser entregada a distintos niveles de la administración pública. Dicha difusión estará a cargo de entidades académicas o científicas.

La difusión, a través de cualquier medio de divulgación masiva, de la información que explique el funcionamiento de las redes móviles y las emisiones no ionizantes.

La publicación en medios electrónicos del resultado de las mediciones de emisiones de campos electromagnéticas.

Elementos para el control de las Emisiones de Campo Electromagnético

En particular los sistemas de medición utilizados son tres:

  1. Sistema de mediciones en varios puntos cercanos a las estaciones (radio bases) de comunicaciones móviles
  2. Mapas georeferenciados de monitoreo
  3. Sistemas de monitoreo continuo

El articulo 43 de la Ley 1753 de 2015, el Decreto 1370 de 2018, y el numeral 5 del artículo 36 de la Ley 1978 de 2019, facultan a la ANE para que realice las verificaciones correspondientes que permitan evidenciar el cumplimiento de los niveles de exposicion a campos electromagnéticos, los cuales están reglamentados en la Resolución No. 774 de 2018, expedida por esta entidad. La vigilancia y control de la Resolucion 774 de 2018, y de todas aquellas que la adiciones, modifiquen o sustituyan, también es de la ANE, conforme a lo establecido.

Estas mediciones actualmente no son de conocimiento público, ya que no están publicadas en una página Web, o cualquier otro medio que mermita dar a conocer el resultado de estas mediciones, por lo que no contribuyen a resolver el problema de la alarma social que impide la instalación de antenas.

El manejo que se le ha dado a esta información en otros países ha permitido que la percepción del público general con respecto a la instalación de sistemas de telecomunicaciones, se vuelva más favorable.

Estrategias como la presentación de mapas de emisiones radioeléctricas que representan de manera clara y entendible, los resultados de las mediciones realizadas, ha contribuido considerablemente a que la comunidad tenga claro conocimiento de los niveles de emisiones electromagnéticas en las zonas que habita.

En efecto, los mapas georeferenciados de monitoreo y los sistemas de monitoreo continuo lograron cambiar positivamente la percepción social de la comunidad en varios países de África y Europa. Siguiendo estas experiencias, la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en su Resolución CCP.II/REC. 25 (XIII-09) “(…) que en muchas localidades esta preocupación lleva a impedir el despliegue de sistemas de comunicaciones inalámbricos; que es el deber de las autoridades nacionales de telecomunicaciones garantizar el cumplimiento de las normativas relacionadas con los sistemas de antenas de telecomunicaciones y radiodifusión con respecto a sus normas de exposición a RF; Que es importante que la población en general en su conjunto esté adecuadamente informada sobre las regulaciones vigentes respeto a las emisiones radioeléctricas no ionizantes.”